martes, 20 de septiembre de 2011

31a.INICIATIVA CIUDADANA de Reformas Constitucionales sobre los CONGRESOS LEGISLATIVOS

     A propósito del lamentable asesinato del C.Moisés Villanueva, Diputado Federal suplente, por el Distrito Electoral que comprende la Montaña del Estado de Guerrero y que estaba en funciones cubriendo al propietario, en virtud de la licencia otorgada por la Cámara de Diputados, a afín de desempeñar un cargo público en la administración gubernamental de dicha Entidad Federativa, como Secretario de Desarrollo Rural, nos  cuestionamos o preguntamos, quien debía cubrir la "curul" o función de Diputado, toda vez que el suplente que la desempeñaba había fallecido y el propietario, tenía licencia.

     La pregunta nos la formulamos en razón de que, al no haber diputado en funciones, de la Región por la que fue electo, sus pobladores y electores se quedaban sin representación alguna en la Cámara de Diputados Federal y con ello no habría precisamente eso, quien los representara para legislar en beneficio de las comunidades que eligieron a los CC.Diputados propietario y suplente,comunidades por cierto, de las más atrasadas en todos los aspectos como el educativo,social,económico, en salud, etc., no sólo de México, si no de latinoámerica,  como lo es el caso del Municipio de Malinaltepec, considerado por organismos internacionales, como el más pobre de esa región; luego  entonces, como dejarlos indefensos y abandonados hablando legislativamente, cuando son los mexicanos que más ayuda y apoyo requieren en todos los sentidos.

     Ahora bien, se me dirá y con justa razón, que la Diputación correspondiente no esta "vacante", es decir, que existe el Diputado propietario aunque con licencia, pero vive y así, de manera fácil, se contesta mi pregunta y se resuelve el probable problema: Que el Diputado con licencia regrese a sus funciones a la Cámara Baja, para continuar se supone, defendiendo los intereses de los electores que lo llevaron a dicho cargo popular y con ello asunto resuelto. El problema es que dicho supuesto no está previsto en la Constitución y leyes secundarias, como lo veremos en seguida:

     La Constitución en sus artículos 63 y 77 fracción IV, y 20 del COFIPE, se refieren a la manera de cubrir la "VACANTE" de una Diputación por mayoría relativa, entendiendo por ello que tanto el Propietario como el suplente, no comparezcan o se presenten al inicio de la legislatura o durante su ejercicio y entonces la misma Legislatura, convocará a elecciones extraordinarias. Este supuesto se refiere a cuando si el propietario no se presenta y aún llamando al suplente, éste tampoco lo hace, se declarará vacante la Diputación. Aquí es claro que no están o se presentan ambos diputados, que no es el caso que me planteo, porque como ya dijimos, existe o está el propietario pero con licencia de la propia Cámara.En esté último caso o supuesto, la Constitución no señala absolutamente nada, es decir, si faltando el suplente en funciones, debe la Cámara "cancelar", "revocar" o "anular" la licencia concedida al propietario  a fin de que de inmediato regrese a su "curul" a ejercer sus funciones de Diputado.

     Como hay una verdadera laguna legal,yo diría océano, y de acuerdo a un principio de derecho general de que las "autoridades solo pueden hacer lo que la ley les faculta"  y que  en el presente caso no hay disposición alguna que faculte a la Cámara de Diputados a revocar la licencia concedida a uno de sus miembros o que faltando el suplente, el propietario regrese a sus funciones, con ello queda en la total discrecionalidad o responsabilidad del Diputado con licencia, de regresar o no a su ejercicio parlamentario y si no lo hace, se perjudica a los pobladores de la región que representa y debe velar por sus intereses. La problematica que planteo, también se presenta o no está prevista en el caso de los Senadores y Diputaciones locales.

     Como lo propuse en una iniciativa ciudadana anterior,  a las personas que ocupan cargos de elección popular, no se les deben otorgar licencias para desempeñar otra función administrativa o política, para acabar con el mal llamado "trampolín político" y por respeto al electorado y evitar también lo que ahora nos preocupa y ocupa, pero si no se logra dicha desaparición de licencias, cuando menos que se legisle en la manera de cubrir las faltas absolutas del Diputado suplente en ejercicio o cubriendo al propietario, proponiendo que los mismos artículos antes mencionados, se reformen para que en ellos se establezca que en el caso de faltar el  senador o diputado suplente, el propietario con licencia, dentro de un plazo de cinco días cuando menos, regrese a sus funciones al Congreso, esto es, que en automático se "revoque" la licencia concedida. Lo ideal, como ya lo dije, es que ya no se concedan licencias a los Legisladores Federales y Locales.   

      

    

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